sábado, 23 de julio de 2016

¿Por qué se creó la Sociedad Antigua de Kelt?



Quizá echéis de menos más referencias a doctrina o espiritualidad en este texto.  No hace falta una organización para ser espiritual. Hace falta una organización para cosas muy concretas y lamentablemente materiales como que no nos molesten al llevar a la práctica nuesta espiritualidad autoridades o iglesias

El principio

Desde los años 90 muchos de los que nos hemos sentido llamados por la espiritualidad de  la Naturaleza y las Antiguas Tradiciones en cualquier forma (wicca, paganismos reconstruccionistas, chamanismos y otras formas más difíciles de etiquetar) nos hemos dado cuenta de que era necesaria una cobertura legal para proteger nuestras actividades.  Los sanadores se dieron cuenta muy pronto, debido a la presión de los profesionales “sanitarios”, teledirigidos casi siempre por el conservadurismo católico (actividad que casi 30 años después no hace más que incremementarse). También era evidente que había que proteger a los grupos de ser denunciados como “sectas”, garantizar cierta protección a locales y lugares de culto y a las actividades realizadas  al aire libre. En las situaciones límite encontramos algunos casos que especialmente en situaciones de divorcio, se denunciaba por realizar estas actividades para así conseguir la custodia de los hijos, o incluso reclamar la inhabilitación judicial de algún pariente para obtener el control de su patrimonio. En el colmo del absurdo nos hemos encontrado con denuncias judiacles por brujería. El hecho de que estas denuncian rara vez consiguieran su objetivo no  disminuye el calvario judicial y social al que se veían sometidas estas personas.
Así pues tras años de planteárselo un pequeño grupo decidió crear una organización que pudiera proteger a sus miembros de tales problemas. Pronto fue obvio que debía hacerse bajo la figura de “entidad religiosa”. Esto a su vez creaba nuevos problemas, esta vez de índole burocrática. El ordenamiento legal español, heredero directo del derecho canónico vaticanista, hacía complicado el registrar una entidad de amplio espectro de creencias. Además somos colectivos e individualidades que están en permanente evolución. Cambiamos de grupo o de prácticas en función de nuestra evolución personal, nuestro aprendizaje, nuestras amistades (y enemistades). Somos un colectivo en permanente evolución y cambio, al contrario que las confesiones monoteistas que sirven de modelo a nuestros escasamente ilustrados en espiritualidad gobernantes lo que dificulta establecer unas normas u cuerpo de creencias rígidas.
Un país en el que incluso los ateos tienen en mente los criterios católicos sobre lo que es y no es una religión. Un sistema legal adaptado a esta concepción. Un registro controlado por políticos católicos que ponían todas las dificultades posibles. Ante todo esto las posibilidades de tener que acudir a los tribunales eran altas. Lo único que nos animaba era que en el peor de los casos el Registro de Entidades Religiosas perdía todos los juicios. Aún así, convencidos de que una entidad neopagana de amplio espectro tenía posibilidades nos pusimos a la tarea de redactar unos estatutos que acogieran al mayor número de personas pese a las restricciones legales, y lo bastante amplios para que nadie tuviera que abandonar la organización, perdiendo su amparo legal, por cuestiones “doctrinales”.
Así en 2007 realizamos los trámites necesarios y la Sociedad Antigua de Kelt consiguió ser reconocida como organización religiosa en España tras varios meses de dificultades burocráticas absolutamente arbitrarias.

¿Religión, confesión, comunidad…?

La ahora llamada “Asamblea de Cultos de la Naturaleza/Sociedad Antigua de Kelt” es posiblemente un tipo de organización único. Se adapta a las necesidades de un movimiento en evolución. Algo que va en contra de toda nuestra cultura.
No es una religión, porque no es posible registrar religiones. ¿Cómo se va a registrar el cristianismo o el budismo a modo de patente comercial? Se pueden registrar distintos tipos de organizaciones cristianas o budistas.  En nuestro caso estamos en la misma situación. La Asamblea es una organización religiosa, no una religión.
¿Somos una confesión religiosa? Entramos en un terreno resbaladizo ya que incluso en el terreno legal confesiones, comunidades, iglesias y religiones aparecen mezcladas y a se citan todas juntas. Una confesión religiosa es a nuestro entender una organización con unas creencias religiosas comunes. Generalmente la base de una confesión es la práctica y expansión de sus creencias. Una confesión religiosa se parece mucho a un partido político. Tiene una concepción del mundo, y el mundo (y la sociedad) debe ajustarse a esa concepción o creencia. Obviamente no es nuestro caso, ya que lo que buscamos es la defensa y ejercicio de nuestros derechos civiles.
Una comunidad religiosa en España suele entenderse como un grupo de personas que hace vida en común por motivos religiosos. En la práctica actual se denominan así a muchas organizaciones religiosas que no hacen vida en común. Así gran número de comunidades budistas o evangélicas solo realizan cultos religiosos y actividades sociales, viviendo cada cual en su casa. Por tanto sí podríamos ser una comunidad con algunas salvedades.
En igual que hemos comparado a las confesiones con los partidos, una organización que busca garantizar y ejercer derechos se parece a los sindicatos, a las organizaciones de consumidores o a otras asociaciones civiles. De momento entendemos que se nos puede considerar una comunidad de personas que estudian y practican la Espiritualidad de la Naturaleza en común o individualmente según distintos Ritos.

 Creencias (o no)

Uno de los puntos más criticados por organizaciones paganas sobre la Asamblea es el de sus creencias. Leíamos con cierta frecuencia que “al contrario que Kelt que nosotros el druidismo, el odinismo o la wicca son religiones perfectamente definidas”. Entraríamos aquí en las diferencias de definición de cada uno. Para unos el odinismo está abierto a todos, para otros el odinismo solo es para arios. Para unos el druidismo es LA tradición religiosa celta, olvidando que la Península Ibérica estaba llenita de celtas y ninguno de sus contemporáneos habla de colegios u órdenes de druidas en Iberia/Hispania. Tampoco comentan que no se habla de druidesas en la historia, salvo en papeles secundarios y escaso nñúmero, siendo estas un invento ultramoderno. Otros olvidan que wicca no hace tanto era criticada por su creencia supuestamente reaccionaria en la polaridad masculino/femenino y su reivindicación de los cultos de fertilidad se cerraba a los homosexuales. Como vemos las definiciones dependen de los intereses de quien define y cambian con el tiempo. Todo cambia y todo cambiará. Creemos que ese afán en las definiciones estrictas surge de la tradición cristiana. El paganismo antiguo era menos estricto y en la práctica más respetuoso, como lo son las tradiciones populares. Alguien dijo (seguramente Ana María Vázquez Hoys) que para entender el paganismo tendríamos que ir un tiempo a Oriente. A la India y Japón, por ejemplo.
Como de todo se aprende podemos citar el comentario de un maestro masón en un debate. Preguntado sobre la exigencia de su logia de creer en Dios dijo más o menos “Exigimos que se crea en un Supremo Arquitecto, pero no preguntamos al novicio si para él ese Arquitecto es Jehová o las Fuerzas Productivas de las que habla Karl Marx”.
Nuestra situación es similar. Creemos en los Antiguos y en otras cosas, pero no entramos en si son dioses reales, arquetipos, símbolos, energías… Cada cual tiene un sentimiento (y la espiritualidad es sentimiento) y según ese sentimiento actúa.
Sobre si somos más o menos célticos… bueno el celtismo tiene una serie de características que lo hacen especialmente atractivo para nosotros. Entre otras podemos citar como destaca el vínculo con la naturaleza. El seguimiento de los ciclos solares y lunares, de las estaciones, su animismo, y su escasa definición en comparación con otras religiones. Pero también es cierto que siendo una referencia importante, no es la única. También es cierto que se nos ha quedado estrecho para cubrir tanto las opciones personales como la evolución inclusiva de la organización. Y también es cierto que cuando se estudian los cultos tradicionales las cosas en común son más que las diferencias locales. Así que por eso hemos decidido cambiar nuestro nombre a “Asamblea de Cultos de la Naturaleza”. Para dejarnos a nosotros mismos más espacio. En general la mayoría de los miembros más antiguos de la Asamblea han bebido del celtismo en sus orígenes, pero no todos. Y no todos se han quedado ahí. Seguimos evolucionando.

¿Tenemos normas?

Obviamente sí. El hecho de inscribirnos como entidad religiosa requiere unos estatutos. Por otra parte nuestra misma complejidad (o sencillez) doctrinal necesita establecer criterios claros. Criterios que deben abarcar dos campos: la forma interna de entendernos entre nosotros, y la forma externa de interactuar con la sociedad. Esto último puede ser especialmente complejo en nuestro caso, ya que ni los legisladores ni nuestra sociedad están acostumbradas a organizaciones como la nuestra.
Las entidades religiosas tienen ciertos privilegios legales como la escasa regulación de su funcionamiento interno, y la cantidad de campos de actuación que pueden abarcar, o el escaso control sobre la forma en que obtienen sus ingresos. Esto puede llevar a toda clase de abusos, siendo no pocas las entidades religiosas que en la práctica son negocios. La tentación de usar estos privilegios en beneficio propio económico o político hace que cada cierto tiempo haya que aclarar conceptos y si se tercia, limpiar nuestra casa.
Por ello hemos redactado una serie de normas además de los estatutos que detallamos a continuación:
Vale, es un tema aburrido, farragoso y no siempre fácil de comprender. Pero no hay otro remedio.